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]Boletín de Actualidad Laboral N°195

PROCEDENCIA DE SUSCRIBIR CONTRATOS PARA LABORES
ESPORÁDICAS U OCASIONALES Y A TRAVES DE MANDATARIO

La Dirección del Trabajo (ORD. 1985 y ORD. 1950/033) recientemente se pronunció sobre la
procedencia de suscribir contratos de trabajo para labores esporádicas u ocasionales, y de
suscribir un contrato de trabajo a través de un mandato.