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Boletín de Actualidad Laboral N°260

EXIGENCIAS DE LA LEY DE INCLUSIÓN Y OBLIGACIÓN DE REMITIR COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA SOBRE SU CUMPLIMIENTO

A propósito de la obligación que tienen los empleadores de remitir una comunicación electrónica a la Dirección del Trabajo sobre el cumplimiento de la Ley de Inclusión antes del martes 31 de enero, en PARRAGUEZ, MARÍN & DEL RÍO explicamos los principales aspectos a considerar y recordamos las exigencias de la Ley de Inclusión: